¿Qué es un cuaderno particional en una herencia?

En la mayoría de herencias es necesario elaborar un cuaderno particional.

El cuaderno particional es el documento en el que se realiza el reparto de los bienes hereditarios entre los llamados a la herencia.

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¿Es obligatorio elaborar el cuaderno particional en cualquier herencia?

Vamos a distinguir entre los supuestos en que SÍ es obligatorio y aquellos en los que NO.

Supuestos en los que SÍ tiene que elaborarse un cuaderno particional

Será necesario elaborar un cuaderno particional para distribuir los bienes hereditarios entre los beneficiarios de la herencia:

Supuestos en los que NO tiene que elaborarse un cuaderno particional

Ahora bien, no se redactará cuaderno particional de la herencia:

Cuando el testador hiciere, por acto entre vivos o por última voluntad, la partición de sus bienes, se pasará por ella, en cuanto no perjudique a la legítima de los herederos forzosos.

Artículo 1056 del Código Civil

  • Cuando el heredero sea una sola persona, no hay nada que repartir, no existe comunidad hereditaria. Por tanto, no es necesario el cuaderno particional porque todos los bienes del fallecido pasarán a ser propiedad del heredero único.

¿Quién elabora el cuaderno particional?

Aclarados los supuestos en los que es necesaria la elaboración de un cuaderno particional, debes saber quién confecciona dicho documento.

  1. Los herederos de común acuerdo. Cuando el testador no haya realizado el reparto o no exista testamento, los herederos repartirán la herencia de la forma que les convenga.
  2. El contador partidor dativo. Hay supuestos en que los herederos no se ponen de acuerdo en el reparto de la herencia. Pero la ley prevé una solución. Los herederos que representen al menos el 50% del caudal hereditario solicitarán al Letrado de la Administración de Justicia o a un Notario el nombramiento de un contador partidor.
  3. El contador partidor testamentario. En algunos casos, el testador nombra en testamento un contador partidor testamentario que será el encargado de repartir los bienes de la herencia

¿Cuál es la forma del cuaderno particional?

El cuaderno particional se podrá hacer en documento público o en documento privado.

Cuaderno particional en documento público

Es obligatorio acudir a un Notario y asumir sus gastos cuando algún bien hereditario sea inmueble, es decir una vivienda, garaje, terreno…

La escritura pública es imprescindible para inscribir los inmuebles a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.

Cuaderno particional en documento privado

Por otra parte, se podrá realizar el cuaderno particional en documento privado cuando:

  • Los bienes hereditarios sean bienes muebles, dinero, joyas, obras de arte…
  • Los herederos no tengan la intención de disponer de los bienes inmuebles hereditarios (vender, hipotecar, donar…). Por ejemplo, si queda viudo/a con hijos y van a seguir viviendo en el inmueble heredado.

No olvides que, cualquiera que sea la forma del cuaderno particional, es obligatorio liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Contenido del cuaderno particional

El cuaderno particional deberá recoger los siguientes aspectos:

  1. Identificación de los herederos.
  2. La identificación de la persona fallecida, lugar y día del fallecimiento.
  3. Identificación del cónyuge del fallecido y de los hijos.
  4. Identificación del contador partidor, si lo hubiera.
  5. Datos y contenido del testamento o, en su caso, de la declaración de herederos.
  6. Inventario de los bienes hereditarios. Si queda viudo/a habrá que distinguir entre bienes gananciales y privativos del fallecido.
  7. Avalúo de los bienes gananciales y de los bienes privativos del fallecido.
  8. Disolución y liquidación de la sociedad de gananciales. En este apartado se indicará el valor de los bienes gananciales, correspondiendo al viudo/a el 50% por su mitad de gananciales y la mitad restante a la herencia.
  9. Liquidación de la herencia. Es decir, habrá que descontar del caudal hereditario las deudas y cargas que sean de la herencia.
  10. Formación de lotes y adjudicación. Se forman lotes o grupos de bienes que se adjudican a cada heredero. Los lotes deberán estar formados por bienes de la misma naturaleza, calidad o especie. Si algún bien es indivisible, por ejemplo una vivienda, se podrá adjudicar a un heredero y éste compensará a los demás en metálico. Cuando solo exista un bien hereditario y sean varios los herederos se podrá optar por la anterior solución o adjudicar el bien en proindiviso a todos los herederos.

Elaborar un cuaderno particional no es tarea fácil por lo que te aconsejamos que contactes con un abogado experto en herencias.

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