Hay determinadas situaciones en las que sí es posible dejar toda la herencia al cónyuge. Todo depende de las circunstancias que rodeen al testador.
A continuación, vamos a ver cuándo y cómo es posible testar solo a favor del cónyuge, y qué límites debe respetar una persona a la hora de hacer testamento.
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Consultar abogado¿Qué derechos sobre la herencia tiene el cónyuge del fallecido?
Cuando una persona fallece, se pueden dar dos situaciones:
- Que muera sin haber hecho testamento, en cuyo caso operan las normas previstas en el Código Civil para la sucesión intestada, por las que el cónyuge tiene derecho a heredar en defecto de descendientes y ascendientes del fallecido.
- Que muera habiendo hecho testamento, en cuyo caso se debe comprobar que se han respetado las porciones de legítima que la ley garantiza a los llamados herederos forzoso o legitimarios, esto es: descendientes, ascendientes y cónyuge, por ese orden.
En ninguno de los casos está previsto que el cónyuge lo pueda heredar todo, a menos que no haya nadie con más derecho antes que él. Pero, en el segundo caso, el testador puede mejorar la porción mínima que corresponde a su cónyuge en virtud de la ley, lo que dependerá de la situación concreta y de los parientes que hayan sobrevivido al testador.
¿Qué herencia se puede dejar al cónyuge si hay descendientes del fallecido?
En caso de que al fallecido le sobrevivan sus hijos u otros descendientes en defecto de los hijos, el testamento deberá respetar la porción de legítima que les corresponde, que consiste en dos tercios de la herencia.
Uno de ellos, el tercio de legítima estricta, se distribuirá por igual entre todos los hijos, y en caso de faltar alguno, la porción que le hubiera correspondido se distribuirá entre los nietos o demás descendientes.
Otro tercio de la herencia se distribuirá, si así se desea, para mejorar la situación de uno o varios descendientes con respecto al resto. Es el tercio de mejora.
El último tercio de la herencia será de libre disposición, y el testador podrá dejárselo a quien prefiera.
En cuanto al cónyuge, si los descendientes sobreviven al fallecido, no tendrá derecho a heredar los bienes, pero sí al usufructo sobre el tercio de mejora.
En consecuencia, en esta situación en la que sobreviven los hijos o descendientes y el cónyuge, este podrá recibir un tercio de la herencia (que es de libre disposición) y, además, el usufructo sobre el tercio de mejora, pero no más.
¿Qué herencia se puede dejar al cónyuge si hay ascendientes del fallecido?
En caso de que el testador muera sin descendientes, los siguientes llamados a suceder, y cuya porción de legítima hay que respetar, son los padres y demás ascendientes (en defecto de los padres).
Si sobreviven al testador tanto los padres o ascendientes como el cónyuge, el testador deberá reservar a los padres o ascendientes un tercio de la herencia, pero podrá disponer del resto como quiera, pudiendo dejarlo al cónyuge.
Además, en este caso, el cónyuge tiene derecho al usufructo sobre la mitad de los bienes de la herencia.
Por tanto, si el testador decide hacer uso de la porción de libre disposición a favor del cónyuge, este recibirá dos tercios de la herencia, además del usufructo sobre la mitad del total de la herencia.
¿Qué herencia se puede dejar al cónyuge si no hay ascendientes ni descendientes?
Por último, si no hay descendientes ni ascendientes del fallecido, el cónyuge tiene derecho por ley al usufructo sobre dos tercios de la herencia, siendo libre el testador para disponer del total de la herencia siempre que se respete ese usufructo.
Por tanto, si la intención del testador es dejar todos sus bienes al cónyuge, en este caso sí podría hacerlo, ya que no hay ningún otro heredero forzoso con más derecho que el cónyuge.
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