¿Has pensado dejar a un hijo una vivienda, un terreno u otro bien mediante donación? ¿Sabes que te puedes reservar el usufructo vitalicio?
Es habitual que los padres donen a su hijo, en vida, una vivienda y se reserven el usufructo vitalicio. Es decir, que hagan una donación con reserva de usufructo.
En este artículo, conocerás todo lo que necesitas saber para hacer una donación con usufructo vitalicio.
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Consultar abogado¿Qué es la donación con usufructo vitalicio o donación con reserva de usufructo?
Para que comprendas mejor la donación con usufructo vitalicio, comenzamos definiendo donación y usufructo vitalicio.
- La donación consiste en dar a otro un bien de tu propiedad. El que dona la propiedad, se llama donante; el que recibe la propiedad, donatario.
- El usufructo vitalicio es un derecho que permite a su titular usar y disfrutar de un bien ajeno durante toda su vida. El propietario del bien se llama nudo propietario, que no podrá usar el bien mientras dure el usufructo. La persona que tiene derecho al uso y disfrute del bien es el usufructuario vitalicio, que podrá usar el bien dejado en usufructo durante su vida.
Una vez entendido lo anterior, te explicamos qué es una donación con usufructo vitalicio.
La donación con usufructo vitalicio consiste en donar a alguien un bien de tu propiedad y reservarte el uso y disfrute del bien donado para toda tu vida.
En este caso, la persona que dona el bien y se reserva el usufructo vitalicio, es el donante usufructuario. Quien recibe el bien con reserva de usufructo vitalicio, es el donatario nudo propietario.
Por ejemplo, un padre dona a su hijo una vivienda y se reserva el usufructo vitalicio:
El padre (donante usufructuario) podrá disfrutar de la vivienda durante toda su vida, es decir habitarla o, por ejemplo, alquilarla. Ahora bien, no puede venderla, hipotecarla…, en definitiva disponer de la vivienda.
El hijo (donatario nudo propietario) no podrá utilizar o arrendar la vivienda durante la vida del padre. Tampoco tendrá la plena propiedad de la vivienda hasta el fallecimiento del padre.
A este tipo de donación con usufructo vitalicio nos vamos a referir en este artículo.
Pasos para hacer una donación con reserva de usufructo
Para donar a un hijo una vivienda, un terreno, un garaje... y reservar el usufructo vitalicio, deberás seguir los siguientes pasos:
1.- Firmar escritura pública de donación ante Notario
Para que la donación de un bien inmueble, como puede ser tu vivienda habitual, sea válida, deberá hacerse en escritura pública ante Notario; y además ser aceptada por el donatario.
En la escritura de donación debe hacerse constar la voluntad del padre de donar y la aceptación de la donación por el hijo.
2.- Pagar los impuestos correspondientes
Toda donación con reserva de usufructo vitalicio, lleva consigo obligaciones fiscales tanto para el hijo como para el padre.
Impuestos a cargo del hijo donatario de la nuda propiedad
- Impuesto sobre Donaciones. El hijo donatario está obligado a pagar el Impuesto de Donaciones. El plazo para declarar el Impuesto de Donaciones es de 30 días hábiles desde la donación. Este plazo no se puede prorrogar. Este impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que la cantidad a pagar varía según la comunidad donde radique el bien donado. En algunas Comunidades es casi inexistente.
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana o Plusvalía Municipal. El hijo deberá pagar la llamada Plusvalía Municipal, en el plazo de 30 días hábiles a contar desde la donación, sin posibilidad de prorrogar dicho plazo. Este impuesto lo gestiona el Ayuntamiento del lugar donde radica el bien urbano. El importe a pagar podrá ser realmente alto según el bien adquirido y el Ayuntamiento donde se encuentre.
Impuesto a cargo del padre donante con reserva de usufructo
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El donante, el padre que dona la casa al hijo y se reserva el usufructo vitalicio, deberá declarar en el IRPF la llamada "ganancia patrimonial o incremento de patrimonio". Excepción, esta ganancia quedaría exenta del IRPF cuando el donante sea mayor de 65 años y cuando lo donado sea una vivienda habitual.
3.- Inscribir la escritura de donación en el Registro de la Propiedad
El último paso para que produzca plenos efectos la donación con usufructo vitalicio, es la inscripción de la escritura de donación en el Registro de la Propiedad correspondiente al lugar donde radique el inmueble donado.
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