Las donaciones inoficiosas en las herencias

A la hora de calcular el patrimonio de una persona fallecida, a los efectos de su herencia, hay que tener en cuenta si se han producido donaciones inoficiosas durante su vida. Te explicamos en qué consiste este concepto y qué efectos tiene.

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¿Qué es una donación inoficiosa en una herencia?

Las donaciones inoficiosas son aquellas que se hacen inter vivos y que exceden de la cantidad de la que podría disponer en su testamento el donante. Es decir, son donaciones que perjudican la legítima que les corresponde a los herederos forzosos.

Esta figura se encuentra contemplada en el artículo 636 del Código Civil, que establece lo siguiente:

No obstante lo dispuesto en el artículo 634, ninguno podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento.

La donación será inoficiosa en todo lo que exceda de esta medida.

Artículo 636 del Código Civil

Los bienes que los herederos reciben en vida del fallecido en concepto de donación se traen a colación de la herencia, por lo que se tienen que computar como parte de lo que cada uno de ellos tiene derecho a heredar.

Pongamos, por ejemplo, que una persona cuyos herederos son sus tres hijos, donó a uno de ellos en vida un piso cuyo valor excede de dos tercios de su patrimonio en el momento de su fallecimiento. Se entiende que es una donación inoficiosa porque, si esta persona hubiera hecho testamento, podría haber dejado a uno de sus hijos, como máximo, dos tercios de su patrimonio:

  • Un tercio, en concepto de libre disposición.
  • Otro tercio, en concepto de mejora (parte de la herencia que el testador puede dejar libremente a cualquiera de sus descendientes, incluso por entero a uno de ellos).

Entonces, si el valor del piso donado en vida supera los dos tercios del patrimonio del causante en el momento de su fallecimiento, se trata de una donación inoficiosa.

¿Qué efectos tienen las donaciones inoficiosas en la herencia?

Cuando una donación resulta inoficiosa, se tiene que reducir en la medida necesaria para respetar los derechos de los herederos legitimarios. Ello no impide que la donación sea plenamente válida durante la vida del donante, y para que el donatario reciba los frutos de la misma durante ese tiempo.

Así lo establece el artículo 654 del Código Civil:

Las donaciones que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 636, sean inoficiosas computado el valor líquido de los bienes del donante al tiempo de su muerte, deberán ser reducidas en cuanto al exceso; pero esta reducción no obstará para que tengan efecto durante la vida del donante y para que el donatario haga suyos los frutos.

Artículo 654 del Código Civil

Volviendo al ejemplo del apartado anterior, supongamos que el hijo que recibió un piso donado de su padre, lo tiene alquilado. La donación es legal y puede disfrutar de las rentas, pero, llegado el momento del fallecimiento de su progenitor, tiene que reducir el exceso del valor del piso respecto a lo que le hubiera correspondido heredar.

¿Quién puede solicitar que se reduzca una donación inoficiosa?

Pueden solicitar la reducción de la donación inoficiosa los herederos con derechos a la legítima o a una parte alícuota de la herencia, así como sus herederos o causahabientes, conforme al artículo 655 del Código Civil.

Estas personas no pueden renunciar a su derecho en vida del donante, ni declarándolo expresamente, ni consintiendo la donación, según el mismo precepto.

Además, el artículo 817 establece lo siguiente:

Las disposiciones testamentarias que mengüen la legítima de los herederos forzosos se reducirán, a petición de éstos, en lo que fueren inoficiosas o excesivas.

Artículo 817 del Código Civil

¿Cómo se reducen las donaciones inoficiosas?

En la medida en que sea posible, la persona que ha recibido una donación inoficiosa puede pagar en dinero líquido la diferencia del exceso a los herederos cuya legítima ha sido lesionada.

Hay que tener en cuenta que hablamos de una herencia, no de un legado. Por lo tanto, el causante no ha dejado bienes concretos a sus herederos, sino que se valora su patrimonio total en el momento de su fallecimiento, y a cada heredero le corresponde una parte del mismo.

Por ello, si alguno de los herederos, o una persona que no lo sea, ha recibido una donación inoficiosa, puede pagar a dichos herederos la parte de su donación que les corresponde a ellos por herencia.

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