¿Sabes en qué consiste la herencia de una persona exactamente? En este artículo vamos a explicar a qué nos referimos cuando hablamos de la herencia y algunos de los principales aspectos relacionados con este concepto.
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Consultar abogado¿En qué consiste la herencia?
La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona puede transmitir a sus herederos o a sus legatarios al fallecer.
Por lo tanto, la herencia está formada tanto por el patrimonio del que es titular la persona cuando fallece, como por las deudas que la misma tiene en ese momento.
¿Dónde se regula la herencia?
En España, la herencia se regula en el Código Civil. Concretamente, en el Capítulo II (De la herencia) del Título III (De las sucesiones) del Libro tercero (De los diferentes modos de adquirir la propiedad) de esta ley.
¿Quiénes pueden heredar?
Según el artículo 744 del Código Civil, pueden suceder las personas que no estén incapacitadas por ley. El artículo 745 añade que son incapaces de suceder: las criaturas abortivas (las que no reúnen las circunstancias del artículo 30) y las asociaciones o corporaciones no permitidas por la ley.
Además, el Código Civil establece una serie de causas de desheredación contempladas entre sus artículos 852 y 855.
¿Cómo se hereda en España?
Nuestro ordenamiento jurídico contempla dos formas de heredar:
- Por testamento, en cuyo caso hablamos de sucesión testada. Si existen herederos forzosos, el testador tiene que respetar sus derechos a la hora de redactar su testamento. De lo contrario, dicho testamento podrá ser impugnado.
- Sin testamento, tratándose en este caso de la sucesión intestada o abintestato. Cuando no hay testamento, se aplican las reglas del Código Civil para la sucesión intestada (artículos 912 a 929).
¿Se puede rechazar una herencia?
Sí, existe la posibilidad de rechazar la herencia. De hecho, es algo que sucede en muchos casos en los que es conveniente no aceptar la herencia por las deudas que integran la misma.
¿Cómo se puede aceptar una herencia?
Existen dos maneras de aceptar una herencia:
- Pura y simplemente, lo que quiere decir que el heredero debe hacer frente a las deudas de la herencia incluso con su propio patrimonio.
- A beneficio de inventario, de forma que el heredero responde de las deudas de la herencia solo hasta donde alcancen los bienes de la misma.
¿Se puede impugnar una herencia?
Sí, la herencia se puede impugnar. No obstante, hay que tener en cuenta que según el artículo 997 del Código Civil, si ya se ha aceptado o rechazado la herencia, solo podrá ser impugnada en los siguientes casos:
- Por vicios que anulan el consentimiento.
- Si aparece un testamento desconocido.
¿Una herencia puede estar sujeta a condición?
Sí, se puede imponer una condición a la herencia en testamento, en función de lo establecido en el artículo 790 del Código Civil que dice así:
Las disposiciones testamentarias, tanto a título universal como particular, podrán hacerse bajo condición.
No obstante, no se puede imponer en el testamento una condición para la herencia que grave los derechos de los herederos legitimarios. Así se desprende del artículo 792:
Las condiciones imposibles y las contrarias a las leyes o a las buenas costumbres se tendrán por no puestas y en nada perjudicarán al heredero o legatario, aun cuando el testador disponga otra cosa.
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