¿Se puede renunciar a parte de una herencia?

Renunciar a una herencia es posible, ya que nadie está obligado a heredar (sobre todo teniendo en cuenta que las herencias también pueden estar formadas por deudas). Pero, ¿existe la posibilidad de renunciar a una herencia solo en parte? A continuación te daremos la respuesta a esta pregunta.

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¿Es posible renunciar a parte de una herencia?

En principio, no se puede renunciar a una parte de la herencia. El Código Civil establece en su artículo 990 que:

La aceptación o la repudiación de la herencia no podrá hacerse en parte, a plazo, ni condicionalmente.

Artículo 990 del Código Civil

Pero este precepto lo tenemos que entender de la siguiente forma: el heredero no puede decidir quedarse con la parte de la herencia que él elija y repudiar el resto.

Hacemos este matiz porque en realidad, hay casos muy determinados que sí están permitidos por la ley y que suponen, en la práctica, la renuncia a una parte de la herencia. Pero no la que estime conveniente el heredero. En concreto:

¿Cómo se renuncia a una parte de la herencia?

Para renunciar a parte de la herencia, en los casos legalmente previstos, es necesario acudir a notaría, presentando los siguientes documentos:

¿Cuál es el plazo para renunciar a una parte de la herencia?

No se establece un plazo para renunciar a la herencia, o a parte de la misma, pero sí para iniciar las acciones correspondientes para que el heredero acepte o renuncie: 9 días naturales, a partir del fallecimiento del causante.

Por otro lado, una persona con un interés acreditado en que el heredero acepte o repudie a la herencia, puede acudir a un Notario para que este dé un plazo de 30 días a esa persona para aceptar la herencia (de forma pura o simple, o a beneficio de inventario) o para repudiarla.

Además, el Notario le indicará que si no se manifiesta al respecto, se entenderá que acepta la herencia pura y simplemente.

¿Qué efectos tiene renunciar a parte de una herencia?

Cuando un heredero renuncia a parte de una herencia, las consecuencias son las siguientes:

  • Esa renuncia es irrevocable, por lo que se habrá perdido definitivamente el derecho a heredar, así como cualquier posible derecho inherente a la condición de heredero.
  • La parte sobre la cual se produce la renuncia produce el derecho de acrecer de los demás herederos. Es decir, estos heredarán la porción de la herencia a la que se haya renunciado.

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