Testamento vital: ¿en qué consiste?

Seguro que has oído hablar del testamento vital, pero ¿sabes en qué consiste?

Lo primero que debes saber es que el testamento vital es un documento diferente al testamento sucesorio.

Mediante el testamento vital la persona dispone de su cuerpo y mediante el testamento sucesorio de sus bienes.

Antes de hacer un testamento vital, tendrás que  informarte de los requisitos y formas exigidos en cada Comunidad Autónoma.

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¿Para qué sirve el testamento vital?

Un testamento vital se utiliza para manifestar tus deseos sobre los cuidados y tratamientos médicos futuros si, llegada una enfermedad, no puedes manifestar libremente tu voluntad.

Asimismo, podrás decidir el destino de tu cuerpo o de tus órganos, llegado el fallecimiento.

Regulación del testamento vital

A nivel estatal, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre regula el testamento vital o instrucciones previas en su artículo 11.

A nivel autonómico, las Comunidades Autónomas han elaborado su propia normativa. Debes tener en cuenta que el nombre del documento y su forma varían según la Comunidad.

Denominación del testamento vital según la Comunidad Autonómica

  • Andalucía: Documento de Voluntad Vital Anticipada
  • Aragón, Cataluña, Navarra, País Vasco y Comunidad Valenciana: Documento de Voluntades Anticipadas
  • Asturias, Castilla-León, Galicia, Madrid, Melilla, Murcia y La Rioja: Documento de Instrucciones Previas
  • Canarias: Manifestación anticipada de Voluntad
  • Castilla-La Mancha: Declaración de Voluntades Anticipadas
  • Cantabria: Expresión de la Voluntad con carácter previo
  • Extremadura: Expresión Anticipada de Voluntades

Contenido del testamento vital

A través de este tipo de testamento podrás decidir:

  1. Los cuidados o tratamientos médicos que quieres o no recibir. Es decir, si quieres o no que te administren cuidados médicos, tratamientos quirúrgicos, medicamentos y calmantes, por ejemplo.
  2. Si quieres someter tu cuerpo a tratamientos experimentales.
  3. Expresar si deseas o no recibir asistencia religiosa.
  4. Si quieres ser enterrado o incinerado.
  5. Para después del fallecimiento, si deseas donar tu cuerpo a la ciencia o donar tus órganos.
  6. Asimismo, podrás designar un representante para que, llegado el caso, te represente ante el equipo sanitario.
  7. Cualquier consideración de tú interés, siempre que no sea contraria a las leyes ni a la buena práctica clínica.

En definitiva, podrás expresar tus deseos sobre los futuros tratamientos médicos y cómo quieres disponer de tu cuerpo.

Requisitos para otorgar testamento vital

Con carácter general, para que el testamento vital sea válido, tendrán que cumplirse los siguientes aspectos:

  • Ser mayor de edad (aunque en algunas Comunidades Autónomas se permite al menor emancipado hacer testamento vital).
  • Estar en el pleno uso de tus facultades mentales.
  • Otorgarlo libremente, sin coacción.
  • Hacerlo por escrito.

Formas de hacer un testamento vital

Según la normativa estatal, el testamento vital deberá formalizarse por escrito.

A nivel autonómico, como te he dicho antes, cada Comunidad establece su propia normativa para la validez del testamento vital.

Básicamente, existen tres formas de hacerlo:

  1. Escritura pública ante Notario.
  2. Documento privado ante tres testigos, que deben cumplir los siguientes requisitos:
    • Tener capacidad de obrar.
    • Dos de ellos no podrán ser padre, hijo, tío o sobrino del testador.
    • No tener relación patrimonial con el testador o declarante.
  3. En la Administración, ante funcionario habilitado del Registro autonómico.

Inscripción del testamento vital

Para que el testamento vital tenga efectos y pueda cumplirse deberá realizarse otro paso: registrar la declaración en el Registro de Voluntades Anticipadas o de Instrucciones Anticipadas gestionado por cada Comunidad Autonómica.

Para el registro deberás aportar:

  • Copia del documento, según la forma exigida según la Comunidad Autonómica.
  • Historial clínico.
  • DNI o pasaporte del declarante, testigos o representantes, si optas por el documento privado o hacerlo ante la Administración.

Registrando tu declaración podrán conocer tu voluntad en todos los centros médicos del Estado.

Modificación o revocación

En el momento que lo desees, podrás modificar o revocar  la voluntad expresada en tu testamento vital.

Todas las Comunidades permiten la revocación, modificación o sustitución de tu declaración o documento de instrucciones.

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