Una de las dudas más comunes que surgen cuando una persona fallece y deja sus bienes muebles e inmuebles a sus herederos es si el progenitor viudo puede, sin el consentimiento de los hijos, vender la propiedad o vivienda.
En general, cuando uno de los cónyuges fallece, siempre y cuando el matrimonio haya sido celebrado en términos de gananciales, le corresponde la mitad de dichos gananciales al cónyuge viudo. De ello se deriva que necesita del permiso de los otros herederos para poder vender una determinada propiedad, aún cuando se trate del cónyuge.
Cuando un matrimonio se celebra bajo el régimen de gananciales, significa que los cónyuges pueden dividir todo el patrimonio acumulado durante todos los años de matrimonio y dividirlo en 50% para cada uno de ellos.
Es por esto que cuando uno de los cónyuges fallece, le corresponde una parte del patrimonio, pero si tienen hijos u otros herederos, el viudo no puede bajo ningún concepto vender ninguna de las propiedades o viviendas porque los hijos también son herederos de la otra parte del patrimonio.
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Consultar abogadoVenta de propiedades después del fallecimiento de uno de los cónyuges
De lo anterior se deriva que la situación de la propiedad es completamente diferente cuando uno de los cónyuges fallece. De ahí que, en el caso de una propiedad, si los herederos deciden venderla, el viudo reciba el 50% del valor del inmueble y adicionalmente, un tercio de la otra mitad.
Por otro lado, si alguno de los herederos no desea vender la propiedad, el viudo tendrá de por vida el derecho al uso de la misma. La consecuencia será que los hijos o demás herederos no puedan, bajo ningún concepto, desalojar al viudo de la propiedad.
Es por esa razón que, en caso de querer vender una propiedad heredada, todos los herederos deben estar de acuerdo en ello porque de lo contrario no será posible ejecutar esa acción.
La regla anterior, sin embargo, tiene una excepción y es cuando los hijos son menores de edad. En esos casos, será un juez el que determinará, después de analizar toda la situación, si considera o no conveniente la venta de la propiedad.
De ahí que en caso de que los herederos sean menores de edad, será un juez el encargado de tomar la decisión por los hijos, pero bajo ningún concepto el progenitor vivo podrá vender sin esa autorización.
¿Por qué un progenitor no puede vender la vivienda sin autorización de los hijos?
Es un hecho que un viudo no puede vender la propiedad que ha heredado si comparte dicha propiedad con otros herederos. La única forma de hacerlo es contando con la autorización de los otros herederos que, generalmente, son los hijos de la persona fallecida, ya sea que se trate de hijos en común o no.
De no contar con dicha autorización, simplemente no será posible ejecutar esa acción.
Por el lado contrario, en caso de no haber acuerdo, los hijos u otros herederos tampoco podrán vender la propiedad, así como tampoco podrán sacar al viudo de la propiedad, puesto que tiene pleno derecho de hacer uso de la misma.
Esto se debe a la forma en que se reparten las herencias, especialmente en lo concerniente a las propiedades. Al morir uno de los cónyuges, el otro recibirá la propiedad o las propiedades correspondientes a la mitad del inmueble como pago de la mitad de los gananciales.
De ahí que se trate de una opción válida cuando los matrimonios se celebran bajo ese tipo de régimen porque de lo contrario se consideran otros aspectos, reglas y elementos.
La mitad de los gananciales
Cuando la pareja en vida se ha casado bajo el régimen de gananciales, le corresponde ese 50% en pago de mitad de los gananciales, mientras que la otra mitad o el otro 50% les corresponderá a los hijos manteniendo, al mismo tiempo, al viudo como el usufructo de la tercera parte.
Es importante destacar que los porcentajes no siempre son los mismos porque pueden cambiar en función de los testamentos. Sin embargo, lo más común es que el reparto quede justo como se ha especificado anteriormente.
Por otro lado, si bien los porcentajes pueden variar en función del testamento, el reparto de las propiedades suele ser como lo indicado anteriormente. Es decir, 50% para el cónyuge vivo y adicionalmente, un tercio de la otra mitad.
Así mismo, de ese otro 50% el cónyuge mantendrá el usufructo de la propiedad y se repartirá entre los herederos en función de las disposiciones testamentarias que hayan sido indicadas o especificadas en el testamento, en caso de que lo hubiere.
Como la propiedad pasa a pertenecer el viudo y a los hijos, no es posible que ninguno de los herederos venda la misma sin la autorización de las otras partes. Incluso, cuando los hijos son menores de edad, el progenitor no puede tomar esa decisión por ellos y deberá ser un juez el que determine si puede o no puede vender la propiedad en cuestión.
Acuerdo necesario para la venta de la propiedad
Por otro lado, en este tipo de situaciones tampoco sirve el hecho de que la mayoría de los herederos quiera vender.
Realmente es suficiente con que uno solo no esté de acuerdo para evitar la venta de dicha propiedad, reafirmando que la única vía posible para vender una propiedad heredada y que es compartida por varios herederos, es que todos los afectados estén completamente de acuerdo.
Conclusiones
En resumidas cuentas, un viudo no puede, bajo ningún concepto, vender una propiedad sin autorización de los hijos, aún cuando los mismos sean menores de edad. En esos casos, será un juez el que tome la decisión por dichos menores de edad.
De igual forma, los hijos tampoco pueden desalojar al viudo de la propiedad porque tiene pleno derecho al usufructo de la misma.
Es importante destacar que los porcentajes pueden variar y que este tipo de reparto es común cuando se ha contraído matrimonio bajo el régimen de gananciales, el cual suele ser el régimen más común.
Ninguna de las partes puede ejecutar ese tipo de acción sin la autorización de los demás involucrados o, en su defecto, sin la autorización de un juez.
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